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Los clientes del Banco Ecuatoriano de la Vivienda, previa la autorización del Levantamiento del Patrimonio Familiar, deberán tener cancelado la totalidad del crédito o préstamo que el BEV les haya otorgado. Una vez que el solicitante no tenga saldo pendiente que cancelar, deberá presentar los siguientes documentos:
Una vez ingresada la documentación, la Subgerencia Jurídica analiza y revisa que los documentos se encuentren completos, que tanto los pedidos del Notario como del Abogado hagan referencia al artículo 851 del Código Civil y la causal por la que solicitan el levantamiento de Patrimonio; que el certificado del registro de la Propiedad esté libre de gravámenes, que se adjunten las copias de las cédulas de los testigos y solicitantes. Cuando la documentación cumple con todos los requisitos solicitados, se procede a elaborar el oficio dirigido al Notario, con el cual se autoriza el Levantamiento de Patrimonio Familiar, el mismo que es suscrito por el señor Gerente del BEV., o su representante legal. Costo del TrámiteEl solicitante previo al retiro del trámite, debe cancelar al BEV la suma de USD$ 10,00, por concepto de servicios bancarios. |
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